domingo, 7 de julio de 2013

Trasposición de la responsabilidad.

Dado en Madrid, a 05 de Julio de 2013. El Ministro de Hacienda y Administraciones Publicas: CRISTOBAL MONTORO ROMERO.




La adhesión de España a las Comunidades Europeas en 1986 produjo un cambio fundamental en el ordenamiento jurídico español, toda vez que las normas del Derecho comunitario pasan a integrarse en nuestro sistema de fuentes del Derecho.

la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, dictada en desarrollo del artículo 135 de la Constitución española, ha desarrollado el principio de responsabilidad tanto en su artículo 8 como en su disposición adicional segunda, que específicamente se refiere a la responsabilidad por incumplimiento de normas de Derecho de la Unión Europea.

Se dicta este real decreto que desarrolla un procedimiento general de determinación y repercusión de las responsabilidades derivadas de los incumplimientos del Derecho de la Unión Europea. La existencia del citado procedimiento general, supone una gran novedad en el ordenamiento jurídico español, ya que hasta la fecha sólo existían regulaciones dispersas y de carácter sectorial en determinadas materias, como son la gestión de fondos procedentes de la Unión Europea, los compromisos adquiridos en materia de estabilidad presupuestaria.
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Un nuevo panorama para la gestión de las ayudas y presupuestos europeos y nacionales. Más vale tarde que nunca, por ello analizaremos el Real Decreto ayer publicado en el BOE con objeto de ir conociendo nuestra nueva realidad económica,  jurídica y social.

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